{"id":3476,"date":"2023-12-24T10:49:15","date_gmt":"2023-12-24T15:49:15","guid":{"rendered":"https:\/\/ayudayformacion.site\/?p=3476"},"modified":"2024-02-07T10:18:39","modified_gmt":"2024-02-07T15:18:39","slug":"pension-para-el-bienestar-de-las-personas-con-discapacidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ayudayformacion.site\/pension-para-el-bienestar-de-las-personas-con-discapacidad\/","title":{"rendered":"Pensi\u00f3n para el Bienestar de las Personas con Discapacidad"},"content":{"rendered":"
La Pensi\u00f3n para el Bienestar de las Personas<\/strong> con Discapacidad<\/strong> es un programa gubernamental en M\u00e9xico dise\u00f1ado para apoyar econ\u00f3micamente a individuos con discapacidades, contribuyendo as\u00ed a mejorar su calidad de vida y proporcionando un respaldo en su proceso de inclusi\u00f3n social y bienestar.<\/p>\n La Pensi\u00f3n para el Bienestar de las Personas con Discapacidad tiene como objetivo<\/strong> principal<\/strong> elevar el ingreso econ\u00f3mico de aquellas personas que viven con una discapacidad permanente.<\/p>\n Esta iniciativa busca garantizar de manera efectiva los derechos de ni\u00f1os<\/strong>, ni\u00f1as<\/strong>, adolescentes<\/strong>, j\u00f3venes<\/strong>, as\u00ed como de personas ind\u00edgenas y afrodescendientes que enfrentan esta condici\u00f3n. A trav\u00e9s de este apoyo, se busca eliminar la marginaci\u00f3n, discriminaci\u00f3n y racismo que a menudo experimentan estas personas.<\/p>\n El monto otorgado en la Pensi\u00f3n para el Bienestar<\/strong> de las Personas con Discapacidad es de $2,950 Bimestrales<\/strong> <\/span><\/em>en efectivo o en dep\u00f3sito dependiendo el pago establecido.<\/p>\n Requisitos de la Pensi\u00f3n<\/p>\n Es un individuo mayor de edad que tiene una relaci\u00f3n con la persona que presenta una discapacidad<\/strong> permanente<\/strong>. Esta relaci\u00f3n puede ser de parentesco (madre, padre, hermano, entre otros), c\u00f3nyuge o pareja en concubinato, tutor o encargado del cuidado de la persona con discapacidad.<\/p>\n Tambi\u00e9n puede ser una persona designada por el beneficiario sin tener un v\u00ednculo de parentesco.<\/p>\n En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria, el apoyo<\/strong> econ\u00f3mico<\/strong> de Pago de Marcha ser\u00e1 entregado a la persona registrada como su auxiliar. En situaciones donde la persona beneficiaria<\/strong> no haya designado a un auxiliar, el Comit\u00e9 T\u00e9cnico del Programa podr\u00e1 evaluar circunstancias especiales para determinar la asignaci\u00f3n de este apoyo.<\/strong><\/p>\n Para recibir el Apoyo<\/strong> Econ\u00f3mico<\/strong> de Pago de Marcha, es necesario que la persona auxiliar no haya recibido ning\u00fan apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona<\/strong> beneficiaria<\/strong>. La solicitud del Pago de Marcha puede ser presentada por la persona auxiliar, quien deber\u00e1 cumplir con los siguientes requisitos:<\/p>\n\u00bfCu\u00e1l es el objetivo de la Pensi\u00f3n para las Personas con Discapacidad?<\/h1>\n
\u00bfQui\u00e9nes pueden recibir la Pensi\u00f3n?<\/h2>\n
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\u00a0Monto de la Pensi\u00f3n<\/h3>\n
Persona solicitante con Discapacidad Permanente:<\/strong><\/h4>\n
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Una Persona Adulta Auxilia:<\/strong><\/h3>\n
Los requisitos para ser considerado Persona Adulta Auxiliar son:<\/strong><\/h3>\n
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Pago en Marcha (cuando fallece)<\/h3>\n
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