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Liberación de Hipoteca ISSFAM

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El procedimiento de liberación de hipoteca del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) permite a los beneficiarios obtener la cancelación oficial de la deuda hipotecaria una vez que el crédito ha sido completamente pagado.


¿A Quiénes Beneficia?

El programa está dirigido a:

  • Militares activos o retirados que han adquirido un crédito hipotecario con el ISSFAM.
  • Familiares de militares fallecidos que fueron titulares de un crédito hipotecario.
  • Militares con incapacidad en servicio, quienes deben tramitar la liberación si han cumplido con los requisitos establecidos.

Requisitos para la Liberación de la Hipoteca

Para solicitar la liberación de la hipoteca, los solicitantes deben cumplir con los siguientes documentos y pasos:

Para Militares Activos o en Retiro:

  1. Formato de solicitud de liberación de hipoteca.
  2. Identificación oficial vigente.
  3. En caso de actuar a través de un tercero, se requiere carta poder simple.

Para Familiares de Militares Fallecidos:

  1. Acta de defunción del militar.
  2. Acta de matrimonio o constancia de concubinato.
  3. Acta de nacimiento de hijos, si aplica.
  4. Identificación oficial del solicitante.

Para Militares con Incapacidad:

  1. Certificado médico de incapacidad.
  2. Oficio de baja y alta en situación de retiro.

¿Cómo Se Solicita?

El proceso de solicitud para la liberación de la hipoteca se lleva a cabo de la siguiente manera:

  1. Registro en línea: El solicitante debe ingresar a la página web del ISSFAM y completar el formulario de solicitud.
  2. Documentación: Se deben subir o entregar en persona los documentos requeridos, dependiendo de la situación del solicitante.
  3. Revisión de la Solicitud: El ISSFAM verificará que el crédito haya sido liquidado y que la solicitud esté completa.
  4. Liberación Oficial: Si la solicitud es aprobada, se emite la liberación de la hipoteca, y el solicitante recibe la documentación pertinente.

Montos de Pago y Modalidad

Los pagos de la liberación de hipoteca no implican un desembolso económico adicional, ya que el proceso es gratuito si se cumplen con los requisitos establecidos. La liberación de la deuda hipotecaria es un trámite administrativo.

La cancelación oficial de la hipoteca puede ser realizada a través de transferencias bancarias o mediante entrega directa en oficinas, dependiendo del acuerdo con el ISSFAM.


¿Dónde Recibir la Liberación de la Hipoteca?

La cancelación de la hipoteca se gestiona directamente con el ISSFAM, y los beneficiarios pueden recibir los documentos de la liberación en las siguientes formas:

  • Vía transferencias bancarias: Se puede gestionar el depósito de los recursos de forma electrónica.
  • Entrega en efectivo: En ciertos casos, se puede recibir el pago de manera directa, según lo estipulado en el acuerdo de liberación.

Información Adicional y Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de liberación?

  • El proceso de liberación generalmente toma 15 días hábiles, dependiendo de la veracidad de los documentos y la situación particular del solicitante.

¿Puedo realizar el trámite si el militar ha fallecido?

  • Sí, los familiares del militar fallecido pueden iniciar el trámite con la documentación correspondiente, como el acta de defunción y otros documentos familiares.

¿Existen restricciones para solicitar la liberación si tengo una incapacidad?

  • No, las personas con incapacidad generada por actos ocurridos durante el servicio pueden solicitar la liberación de la hipoteca sin ningún problema, siempre y cuando presenten la documentación necesaria.

¿Qué pasa si la solicitud es rechazada?

  • Si la solicitud es rechazada, el ISSFAM proporcionará detalles sobre el motivo del rechazo y los pasos necesarios para rectificar la situación.

Resumen del Procedimiento

Paso Descripción
1. Solicitud Registro en línea con los documentos requeridos.
2. Evaluación Revisión de los documentos y la liquidación del crédito.
3. Liberación Emisión de la cancelación de la hipoteca una vez aprobada la solicitud.
4. Recepción Entrega de la liberación de la hipoteca, vía transferencia o en efectivo.
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